Desde este 24 de diciembre los dueños de perros, gatos y otros animales domésticos podrán trasladarse con sus mascotas en micros y trenes de larga distancia en todo el país, siempre que cumplan ciertos requisitos para garantizar seguridad y confort. 
🐶 LA NUEVA REGLA PARA VIAJEROS Y MASCOTAS
El Gobierno nacional publicó la Resolución 2076/2025 en el Boletín Oficial, que habilita formalmente el traslado de animales domésticos en servicios de transporte automotor y ferroviario de larga distancia bajo jurisdicción nacional. 
La medida busca hacer más inclusivos los viajes familiares y turísticos, permitiendo que las mascotas formen parte del trayecto siempre que se cumplan normas de seguridad y convivencia. 
📋 ¿QUÉ TENÉS QUE SABER PARA VIAJAR CON TU MASCOTA?
🐾 Responsabilidad total:
El dueño debe garantizar el bienestar, la salud y la seguridad del animal durante todo el viaje. 
📦 Contenedor obligatorio:
La mascota debe ir dentro de un transportín o contenedor cerrado, diseñado específicamente para animales, y permanecer allí durante el viaje. 
📍 Ubicación del transportín:
Puede ir sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o en el asiento pegado a la ventana, siempre bien sujeto con cinturón de seguridad si ocupa un asiento. 
🪪 Documentación:
Es obligatorio llevar la constancia de vacunación antirrábica y cualquier otro certificado sanitario exigido por la normativa vigente. 
1 ANIMAL POR PASAJERO:
Solo se permite un animal doméstico por cada pasajero mayor de edad, y no más de uno por transportín. 
💰 Tarifa especial:
Las empresas pueden cobrar una tarifa específica por el traslado de mascotas, según las condiciones del mercado. 
🐕 QUÉ ANIMALES ESTÁN PERMITIDOS
La resolución habilita el traslado de animales domésticos y deja en manos de cada empresa la posibilidad de establecer condiciones más específicas sobre especies, tamaños, edades o pesos admitidos. 
Perros guía o de asistencia que acompañan a personas con discapacidad tienen traslado gratuito y especial, tal como lo establece la ley. 

