noviembre 2, 2024
uva

Un fallo histórico y sin precedentes, la Justicia de Misiones dictaminó a favor de una familia hipotecada bajo el régimen de créditos UVA, estableciendo una jurisprudencia en contra de esta política pública de acceso a la vivienda.

La Cámara Federal de Posadas ratificó la sentencia del Juez Federal de Posadas, Dr. José Luis Casals, en una demanda de revisión contractual contra el Banco de la Nación Argentina. El fallo ordena la eliminación del UVA como indicador de actualización de los créditos hipotecarios, retrotrayendo la deuda al inicio del contrato y estableciendo el Coeficiente Casa Propia como nuevo índice de actualización.

El fallo otorga el resguardo del artículo 14 bis de la Constitución Nacional y de los pactos internacionales que protegen la vivienda como un derecho humano, y la tutela establecida en el artículo 42 de la Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor. Además, aplica la teoría del esfuerzo compartido, según lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia y la Ley 27.541.

La resolución judicial determina que existe un desequilibrio contractual entre los tomadores de crédito y los bancos, sin considerar la relación cuota-ingreso, y establece que los efectos nocivos de la inflación deben distribuirse equitativamente entre las partes. Asimismo, declara la nulidad del sistema UVA de manera retroactiva a la fecha de celebración del contrato y lo reemplaza por la fórmula Casa Propia.

La fórmula Casa Propia, utilizada en los créditos Procrear otorgados por el Banco Hipotecario, incorpora el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) en un 90%, promediando los últimos doce meses para evitar subas desmedidas.

El Colectivo Nacional Hipotecados UVA Autoconvocados celebra esta decisión judicial que ratifica su lucha por hipotecas justas, previsibles y sostenibles en el tiempo. «Las deudas se pagan, pero no a cualquier costo,» han manifestado sus representantes, reiterando su compromiso con el acceso a la vivienda sin usura.