LA AFIP EXTENDIÓ BENEFICIOS PARA LOS MONOTRIBUTISTAS
La Resolución establece que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante los períodos de mayo, junio y julio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante los períodos de mayo, junio y julio, a través de la Resolución General 5025/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial.
El organismo que
encabeza Mercedes Marcó del Pont también suspendió las exclusiones de oficio
correspondientes a julio.
La RG garantiza
que ningún monotributista sea dado de baja del régimen por falta de pago ni sea
excluido mientras se perfeccionan los cambios previstos en el proyecto de ley
de alivio fiscal para pequeños contribuyentes que ya obtuvo media sanción en la
Cámara de Diputados.
Como parte de
las medidas para garantizar que las y los pequeños contribuyentes puedan
acceder a los distintos beneficios previstos en el proyecto de ley, la AFIP
definió la semana pasada que la recategorización de los monotributistas
prevista para julio se habilite una vez que finalice el debate parlamentario.
Para acompañar
la iniciativa que se debate en el Congreso, el organismo también prorrogó el
vencimiento del monotributo del 25 de junio último al 5 de agosto próximo.
Asimismo, hasta
el 31 de julio estarán habilitados una serie de beneficios previstos en el
Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.
Las herramientas
habilitadas para aquellos contribuyentes que hayan comunicado su exclusión o
renunciado al monotributo para convertirse en autónomos entre el 1 de octubre
de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, son la posibilidad de adherir nuevamente
al régimen simplificado o acceder a una reducción del saldo técnico de IVA.
El procedimiento
para solicitar los beneficios se realiza a través de la página web.
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